20 febrero, 2019
Esta historia se remonta a marzo de 2013, cuando el dueño de Buquebus Juan Carlos López Mena asumió la deuda de un aval valorado en 13,6 millones de dólares, una garantía y requisito que le permitió a la compañía Cosmo Líneas Aéreas participar de la fallida subasta de los aviones de Pluna de 2012.
El argumento para asumir el pago que dio López Mena era que él había presentado al representante de Cosmo, Hernán Antonio Calvo Sánchez, el único que se presentó a la subasta y que finalmente desistió de comprar los aviones de Pluna.
También, porque había sido López Mena quien había tramitado ante el Banco República el aval para que Cosmo pudiera participar de la subasta.
En aquel entonces, el empresario fue duramente criticado por la oposición por hacerle favores al gobierno del presidente José Mujica.
La habilitación del aval en situación irregular, que fue otorgado ante una llamada del entonces ministro de economía Fernando Lorenzo al entonces presidente del brou Fernando calloia, generó que la justicia penal condenara a los dos jerarcas por abuso de funciones en 2014. Lorenzo fue absuelto en 2017.
Ahora, según la sentencia de López Montemurro que se dio a conocer este martes, se sabe que el acuerdo firmado entre el Banco República y López Mena establecía en su cláusula séptima que:
“En caso que la normativa en base a la cual se estructuró la subasta de los aviones quedara sin efecto (..) y por ende si ello implicara entre otros la nulidad del remate y en consecuencia la del aval otorgado por el BROU al MEF, el convenio se resolverá sin más trámite (…) debiendo el Banco reembolsar las sumas ya abonadas en un plazo de diez días a contar del requerimiento que se le efectúe”.
Y dado que una sentencia de la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la ley que creó el fideicomiso para rematar Pluna y vender los aviones, el juez entiende que también cae el acuerdo entre el Banco República y López Mena.
Lo cierto es que ahora, y según este fallo, no corresponde que López Mena siga pagando las cuotas pendientes y el Banco deberá devolverle lo que ya pagó más intereses.
Pero López Mena no solo había solicitado a la Justicia la restitución de las sumas abonadas sino también ser indemnizado por daños y perjuicios causados, daño a su imagen personal y comercial, y una indemnización por lucro cesante del dinero indebidamente abonado, por un valor total de un millón de dólares.
Es que en todo este intrincado proceso, el Banco república le bajó la categoría como cliente a la de deudor y publicó en el sitio web del Banco Central esa recategorización. A juicio de López Mena, eso dañó su imagen comercial.
El juez concluyó que la publicidad que esto trajo le provocó un incremento en la tasa de interés por parte de los bancos en las deudas contraídas por Buquebus.
Y aunque no hizo lugar al pedido de un millón de dólares, sí condenó al banco a pagarle 15.000 dólares por este daño.