24 mayo, 2019

Pluna: Fernando Calloia anunció que llevará su causa a la Suprema Corte de Justicia

En el fallo que se afirma que tanto Lorenzo como Calloia, con sus conductas configuraron un «actuar indebido, ilegal, arbitrario» que, «como era de esperar», terminó «afectando y perjudicando de manera grave y como mínimo la imagen, y el prestigio de la institución pública».

En la sentencia se condena al ex ministro de Economía Fernando Lorenzo a sufrir una pena de 20 meses de prisión, es excarcelable, inhabilitación por el término de dos años para ejercer cargos públicos y una multa de 1.000 Unidades Reajustables  $ 1.165.140  pesos.

El fallo del tribunal señala que el exministro de Economía Fernando Lorenzo «excedió de forma patente la competencia funcional de su cargo», haciendo que el Brou emitiera un aval millonario, «que sabía a la perfección que no iba a contar con el contralo mínimo indispensable».

Que hubo una marcada injerencia, que desplegó para favorecer a Cosmo  en la emergencia, hizo que fuera «imperioso» para el Brou la concesión del aval.

Señalando el tiempo récord del otorgamiento, aun cuando la empresa no cumplía todos los requisitos de presentación y estudio de la documentación exigida así como la contragarantía».

Esta situación fue la que «habilitó» a Calloia a «imponer su criterio» por sobre los organismos de control de la institución que presidía para «obviar, olímpicamente, los trámites y controles de rigor».

Afima que parece obvio y evidente el inmenso peso político e institucional lo que hizo que los servicios del banco actuaran de la manera que lo hicieron. Se agrega que “así lo confirma la evidencia empírica con incontestable elocuencia, cuando muestra la manera en que su presidente salió disparado a ejecutar lo que en otras circunstancias y condiciones jamás hubiera realizado».

En el fallo, se cita la declaración del empresario López Mena cuando señaló que el ministro de Economía le había dicho que “el aval se lo damos nosotros”.

En cuanto a la transparencia de la operación señala que fue «opacada de tal forma» que en concreto «no se sabía a ciencia cierta a quién se estaba dando el aval, más allá de conocer in extremis el nombre de la empresa avalada».

En cuanto a Fernando Calloia el ex presidente del Banco República expresa que su conducta fue irregular durante la tramitación del aval para la empresa Cosmo.

Verificándose una deliberada y consciente actividad del funcionario dirigida, inequívocamente a viabilizar de manera claramente abusiva,  arbitraria, la presentación de una empresa en particular a una subasta dispuesta por una ley, sin que pueda.

Y agrega que Calloia, ordenó a los servicios técnicos del banco que presidía que “saltearan todas y cada una” de las más elementales reglas de prudencia que deben presidir la actividad bancaria, con la finalidad de viabilizar el “irregular otorgamiento” de un aval.

El fallo fue dividido,  tres contra uno, el tribunal de apelaciones de primer turno confirmó la condena contra el expresidente del Brou y revocó la absolución del exministro de economía.

Los ministros Sergio Torres, Julio Olivera Negrín y Graciela Gatti estuvieron a favor de condenar a los ex jerarcas mientras que Alberto Reyes consideró que no había delito.

Reyes dijo a VTV Noticias que no todo apartamiento de procedimientos  administrativos equivale a un delito de abuso de funciones, por lo que en su opinión no se configuró el delito de abuso de funciones.