7 septiembre, 2020
Hasta el momento algunos alimentos cuentan con el etiquetado y otros no. Esto es así porque todavía la disposición no es obligatoria y de hecho según el último decreto publicado por Presidencia de la República, la fiscalización comenzará en febrero de 2021.
El decreto del gobierno tiene fecha 2 de setiembre y salió luego del plazo que había establecido una anterior resolución de marzo, que ya había postergado la obligatoriedad del etiquetado por 120 días.
El docente de la Facultad de Química de la Universidad de la República, Gastón Ares, especializado en esta temática, dijo a La Diaria que esto genera confusión en los consumidores que no saben si la falta de etiqueta en un alimento es señal o no de una advertencia nutricional.
Según informa el citado medio, el nuevo decreto modificó los criterios utilizados para definir el exceso de nutrientes.
Ares explicó: “Antes se usaba un sistema que recomienda la Organización Panamericana de la Salud que calcula la proporción de calorías por producto”, y en función de distintos porcentajes se define la advertencia, y ahora pasa a calcularse en función “de cuánta cantidad hay de nutrientes, con un límite diferente para sólidos y líquidos”.
Un cambio que finalmente no se implementará es el que había propuesto cambiar la inscripción de la etiqueta. La idea de que pasara a decir “alto en”, en lugar de “exceso de” finalmente no se aplicará.