3 julio, 2019
El proyecto consta de 39 artículos entre los que se establecen el registro de vendedores, las limitaciones en la venta y ofrecimiento, la regulación de la publicidad y la fiscalización, así como infracciones y sanciones.
El proyecto señala que promoverá el desarrollo de programas en los ámbitos educativos, comunitarios y familiares.
La ley creará en el marco del Ministerio de Salud Pública un registro obligatorio de vendedores de bebidas alcohólicas.
Habrá limitación de la venta, ofrecimiento o suministro de este tipo de bebidas la cual solo podrá realizarse por parte de los inscriptos en el registro y únicamente a mayores de edad.
Además quedará prohibida la realización de concursos, torneos o espectáculos públicos, con o sin fines de lucro, que promuevan la ingesta de bebidas alcohólicas, con excepción de las modalidades de cata o degustación.
No podrán aparecer en las publicidades figuras públicas o personalidades reconocidas que «asocien su éxito o reconocimiento al consumo» de alcohol.
El proyecto también establece multas a pagar por la infracción de alguno de los artículos y contempla suspensiones de permisos y clausuras de establecimientos comerciales.
El senado le dio media sanción al proyecto con 17 votos en 26 senadores presentes en sala, votando la bancada oficialista junto a la senadora nacionalista Verónica Alonso.
El articulado fue cuestionado por el resto de la oposición.